Laboral

Artículo de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales que regula la…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales que regula las pensiones de supervivencia para el cónyuge de un trabajador fallecido por accidente laboral o enfermedad profesional. Establece el derecho a pensión vitalicia para el cónyuge mayor de 45 años o inválido, una pensión temporal de un año para el menor de 45 años prorrogable mientras tenga hijos causantes de asignación familiar, y prevé la cesación del beneficio por nuevas nupcias o el pago equivalente a dos año

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.