Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 19.968 sobre tribunales de familia que regula el control de admisibilidad de demandas, denuncias y requerimientos. Establece que el juez puede ordenar subsanar defectos formales o rechazar de plano presentaciones manifiestamente improcedentes, y debe declarar de oficio su incompetencia. La resolución que rechaza es apelable.