Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 42 de la Ley de Tránsito chilena que regula el procedimiento de inscripción de vehículos motorizados. Establece el orden cronológico de las inscripciones, la obligación del adquiriente de solicitar la inscripción dentro de 30 días, y la responsabilidad del comprador solo por multas registradas al momento de la compra. También exige mantener actualizado el domicilio del propietario e individualizar al representante legal de personas jurídicas.