Resumen del criterio jurisprudencial
Juan Carlos Cano Uran, de nacionalidad venezolana, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, la Subsecretaría del Interior y el Ministerio del Interior por la omisión en resolver su solicitud de nacionalización presentada el 23 de marzo de 2022. Alegó vulneración del principio de celeridad y de su derecho a la igualdad ante la ley. El Servicio Nacional de Migraciones informó que remitió los antecedentes a la Subsecretaría del Interior en junio de 2024, y las recurridas señalaron que el procedimiento se encontraba en tramitación. La Corte rechazó el recurso, considerando que la nacionalización es una gracia del Estado y que el retardo no afectaba el estatus migratorio del recurrente, quien ya poseía residencia definitiva. El voto disidente estimó que la demora excesiva vulneró los principios de celeridad y razonabilidad, y que existía un derecho a obtener un pronunciamiento oportuno.