Familia

Artículo de la Ley de Matrimonio Civil que regula la compensación económica.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley de Matrimonio Civil que regula la compensación económica. Establece que si un cónyuge no pudo desarrollar actividad remunerada por dedicarse al cuidado de los hijos o labores del hogar, tiene derecho a compensación por menoscabo económico al divorciarse o anularse el matrimonio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.