Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula la modificación de los estatutos de una Sociedad por Acciones. Establece que las reformas requieren acuerdo de la junta de accionistas, aunque se permite sin junta si todos los accionistas suscriben escritura pública o instrumento privado protocolizado. El extracto respectivo debe inscribirse y publicarse conforme a la ley.