Administrativo

La norma corresponde a la Ley de Compras Públicas y regula la constitución de Uniones T…

Resumen del criterio jurisprudencial

La norma corresponde a la Ley de Compras Públicas y regula la constitución de Uniones Temporales de Proveedores. Establece que, excepcionalmente, dichas uniones podrán conformarse sin limitaciones por tamaño empresarial, únicamente para participar en procedimientos de contratos para la innovación o de diálogo competitivo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.