La Contraloría General de la República se pronunció sobre un convenio celebrado por la…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2013
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un convenio celebrado por la Municipalidad de Quinta Normal con la Corporación Municipal de Desarrollo de esa comuna, destinado a operativizar la implementación de proyectos de mejoramiento de infraestructura de establecimientos educacionales. El dictamen fija el tratamiento contable que debe seguir la municipalidad: recibir los recursos provenientes del Gobierno Regional como fondos en administración, sin incorporarlos a su presupuesto, y entregar a la corporación solo los montos destinados a gastos administrativos, como anticipo de fondos a rendir. Asimismo, dispone que la municipalidad debe rendir cuenta de su utilización a la Contraloría y a la entidad otorgante. Respecto de la corporación, señala que su metodología contable son las normas de contabilidad generalmente aceptadas, por tratarse de una persona jurídica de derecho privado, y que los recursos de origen fiscal o municipal que percibe constituyen ingresos propios que pasan a formar parte de su patrimonio conforme al decreto con fuerza de ley que la creó.
Normas citadas
Ley 18091 art/16 inc/4
18091 art/16 inc/6 dl 1263/75 art/19 bis
ley 18695 art/21 lt/e ley 18695 art/21 lt/c
ley 18695 art/24 lt/f
ley 18883 art/118
dl 1263/75 art/51
ley 18695 art/29 lt/b
ley 18695 art/29 lt/c
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Cómo debe contabilizar una municipalidad los fondos del Gobierno Regional que transfiere a una corporación municipal para ejecutar proyectos?
En este caso, la Contraloría General de la República dictaminó que la municipalidad debe recibir esos recursos como fondos en administración, sin incorporarlos a su presupuesto. Solo debe entregar a la corporación los montos destinados a gastos administrativos, como anticipo de fondos a rendir.
¿La municipalidad debe rendir cuentas sobre el uso de fondos que administra para una corporación municipal?
Sí, según este dictamen de la Contraloría General de la República, la municipalidad debe rendir cuenta de la utilización de esos recursos tanto a la Contraloría como a la entidad otorgante de los fondos.
¿Qué normas contables aplica una corporación municipal y cómo trata los recursos públicos que recibe?
En este caso, la Contraloría General de la República señaló que la corporación, por ser una persona jurídica de derecho privado, aplica las normas de contabilidad generalmente aceptadas. Los recursos de origen fiscal o municipal que percibe son ingresos propios que forman parte de su patrimonio, conforme al decreto con fuerza de ley que la creó.
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