Resumen del criterio jurisprudencial
No resulta procedente el pago de recargos por la ejecución de los valores pro forma del contrato que se indica, suscrito por la Dirección de Obras Portuarias.
No resulta procedente el pago de recargos por la ejecución de los valores pro forma del contrato que se indica, suscrito por la Dirección de Obras Portuarias.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.