Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo constitucional que regula la prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención encargada de redactar una nueva Constitución. Establece un plazo máximo de nueve meses, prorrogable por una sola vez por tres meses, con un procedimiento de solicitud y rendición de cuentas. Tras aprobarse la propuesta o vencer el plazo, la Convención se disuelve de pleno derecho.