Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento del SEIA, artículo 17, sobre información de negociaciones. Obliga a los proponentes a informar a la autoridad ambiental si han establecido negociaciones con interesados para acordar medidas de compensación o mitigación, antes o durante la evaluación, detallando contenido y resultado. Además, establece que tales acuerdos no son vinculantes para la calificación ambiental del proyecto.