La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que había acog…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que había acogido el recurso de protección interpuesto por G.A.S.A. contra FONASA. El recurrente impugnó el Oficio Ordinario N°17393-2025 que lo eliminaba como proveedor persona natural para prestaciones del Grupo 04 (imagenología-ecotomografía) en la modalidad libre elección. La Corte de Apelaciones consideró que existía cosa juzgada por una causa anterior y que el acto era ilegal y arbitrario. La Corte Suprema, sin embargo, determinó que el conflicto anterior versaba sobre una exigencia de especialidad médica, mientras que el actual se funda en una instrucción general que exige que las prestaciones sean proporcionadas por centros médicos, no por personas naturales. Además, el acto impugnado se enmarca en un plan de regularización nacional basado en resoluciones administrativas válidas. Por ello, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección, declarando que el actuar de FONASA no fue ilegal ni arbitrario.
Normas citadas
DFL N°1/2005 del Ministerio de Salud
Resolución Exenta 277/2011
Resolución Exenta 11507/2024
Artículo 143 del D.F.L. N°1 de 2005
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre recurso de protección
recurso de protecciónFONASAconvenio de prestacionespersona naturalcentro médicoecotomografíagrupo 04modalidad libre elección
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