No es posible tener por desvirtuada una liquidación por justificación de inversiones, c…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2017
Resumen
No es posible tener por desvirtuada una liquidación por justificación de inversiones, consistente en un aporte a sociedades, por $480.027.055, efectuado el año 2008, si el reclamante alega que la única inversión efectuada en fechas próximas corresponde a una inversión realizada en otro período, pero no aporta pruebas para acreditar sus proposiciones negativas en el sentido que no realizó la inversión cuestionada.
Normas citadas
Código Tributario
Ley N° 19.880
Ley sobre Impuesto a la Renta
Código de Procedimiento Civil
Código Civil
Circular N° 8
Artículo 8° bis del Código Tributario
Artículo 13 del Código Tributario
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