Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno sobre la confusión en obligaciones solidarias. Regula que, si la confusión recae en uno de varios deudores solidarios con el acreedor, aquel puede repetir contra los codeudores por su cuota; y si recae en uno de varios acreedores solidarios con el deudor, debe compensar a los coacreedores.