Resumen
Puntos de prueba: 1.- efectividad que la resolución n°996, de 06.05.16, adolece de los vicios que se acusa afectarían su validez y que permitirían dejarla sin efecto. antecedentes, hechos y circunstancias que lo acrediten. 2.- antecedentes, hechos y circunstancias que acrediten la procedencia de la devolución solicitada en la declaración anual de impuestos a la renta año tributario 2015. fallo: el acto administrativo reclamado fue dictado con respeto irrestricto a la legalidad vigente sobre la materia y no adolece de arbitrariedad alguna. en sede jurisdiccional, tampoco la contribuyente reclamante desplegó una efectiva actividad probatoria que le permitiera exponer, de una manera ordenada y dialéctica, cada una de las argumentaciones asociadas a las probanzas que acreditaran las operaciones sustentatorias de las pérdidas que reclamaba, y su consecuente devolución de impuestos. confirmada por la corte de acuerdo con el siguiente razonamiento: ica: “que la actividad probatoria que el reclamante requería desplegar para demostrar la efectividad de sus alegaciones no se satisface con la simple entrega de los libros y documentos como un todo, sino que se necesita que el aporte de la prueba se realice de manera individualizada y analítica en que se indique claramente la forma en que los gastos aludidos en el reclamo cumplen con los requisitos para dar lugar a la devolución solicitada, lo que no se cumple en la especie, de forma tal que esta corte comparte la decisión del tribunal de primera instancia, en cuanto rechaza el reclamo.”