Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestima la demanda presentada por Greenpeace Nordic y otros contra Noruega respecto a la concesión de permisos de exploración de hidrocarburos. El tribunal determina que las organizaciones demandantes tienen legitimación activa (locus standi), pero que los demandantes individuales no cumplen con los criterios de víctima. Respecto al fondo, el tribunal rechaza la alegación de violación del artículo 8 del Convenio Europeo, considerando que Noruega cumplió con sus obligaciones procedimentales en materia de evaluación de impacto ambiental. El tribunal reconoce que aunque la evaluación de efectos climáticos fue diferida a una etapa posterior, existen garantías suficientes en la etapa del Plan de Desarrollo y Operación (PDO) para asegurar la protección efectiva de derechos.