Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante, Eladio Elías Navarro Vidal, dedujo reclamo en contra de una infracción cursada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) con fecha 7 de diciembre de 2014, por un monto de $200.000, al ser sorprendido en una feria ocasional vendiendo mercadería, en su mayoría de segunda mano, sin contar con iniciación de actividades. El SII argumentó que la infracción se ajustaba a derecho, señalando que la presencia fiscalizadora en terreno es un procedimiento habitual y que la falta de iniciación de actividades constituye una infracción al artículo 97 N°10 del Código Tributario. El tribunal, sin embargo, acogió la reclamación, dejando sin efecto la infracción, considerando que la actuación del SII no se ajustó a derecho. Se ordenó no condenar en costas al SII. La sentencia fue dictada por el Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.