Propiedad intelectual

Artículo 59 de la Ley 19.039 sobre propiedad industrial.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 59 de la Ley 19.039 sobre propiedad industrial. Exige que los modelos de utilidad muestren la expresión 'Modelo de Utilidad' o las iniciales 'M.U.' y el número de registro, pudiendo colocarse en envases sellados si es necesario destruirlos para acceder al producto. La omisión no invalida el modelo, pero impide al titular ejercer acciones penales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.