Resumen del criterio jurisprudencial
Para la aplicación del artículo 57 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, que regula la emisión de notas de crédito por descuentos o bonificaciones otorgadas con posterioridad a la facturación, el contribuyente debe acreditar la rebaja en el monto de la operación efectuada en los asientos contables de la empresa.