ConstitucionalInadmisible

La recurrente, identificada como PEÑA, interpuso un recurso de protección contra la Res…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente, identificada como PEÑA, interpuso un recurso de protección contra la Resolución Exenta N° 25437085 del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó su solicitud de permiso de Residencia Temporal por no acreditar fehacientemente la identidad de la adolescente respecto de la cual se solicitó el permiso. El recurso argumentó que la recurrente no podía ser sancionada por haber ingresado irregularmente al país, pero no se refirió directamente al fundamento del rechazo. La Corte de Apelaciones de Arica examinó la admisibilidad del recurso y concluyó que los hechos expuestos no daban cuenta de una vulneración o amenaza a las garantías constitucionales del artículo 20 de la Constitución Política de la República. Se determinó que el recurso solo mostraba una contradicción entre los hechos denunciados y la resolución impugnada, sin señalar hechos que pudieran constituir una vulneración de dichas garantías. En consecuencia, el tribunal declaró inadmisible el recurso de protección, conforme al numeral 2° del Auto Acordado sobre la materia. La decisión se fundó en la falta de presupuestos de admisibilidad, específicamente la ausencia de hechos que configuraran una vulneración constitucional.

Protección-Migración

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.