La Corte Constitucional de Colombia, en Sala Octava de Revisión, conoció de una acción…
Sentencia · 2023
Resumen
La Corte Constitucional de Colombia, en Sala Octava de Revisión, conoció de una acción de tutela interpuesta por Y.P.S.S. en contra de la empresa Osorio y Piedrahita Inversiones S.A.S. por su despido sin justa causa mientras se encontraba en estado de embarazo. La demandante había comunicado su embarazo a su empleador y fue despedida el 31 de mayo de 2022, vulnerando sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, seguridad social, mínimo vital y vida digna. La sentencia de primera instancia del Juzgado Tercero Penal Municipal de Bello amparó los derechos fundamentales a la vida digna y al mínimo vital. La sentencia de segunda instancia confirmó, revocó y adicionó la decisión anterior. La Corte Constitucional revisó el caso y acogió la acción de tutela, reconociendo la vulneración de derechos de la trabajadora embarazada.
Normas citadas
Artículo 86 de la Constitución Política de Colombia
Artículo 241 numeral 9º de la Constitución Política de Colombia
Artículo 33 del Decreto Ley 2591 de 1991
Artículo 31 del Decreto 2591 de 1991
Artículo 34 del Decreto 2591 de 1991
Artículo 38.25 de la Ley 1952 de 2019
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