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La Corte Constitucional de Colombia, en Sala Octava de Revisión, conoció de una acción…

Sentencia · 2023

Resumen

La Corte Constitucional de Colombia, en Sala Octava de Revisión, conoció de una acción de tutela interpuesta por Y.P.S.S. en contra de la empresa Osorio y Piedrahita Inversiones S.A.S. por su despido sin justa causa mientras se encontraba en estado de embarazo. La demandante había comunicado su embarazo a su empleador y fue despedida el 31 de mayo de 2022, vulnerando sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, seguridad social, mínimo vital y vida digna. La sentencia de primera instancia del Juzgado Tercero Penal Municipal de Bello amparó los derechos fundamentales a la vida digna y al mínimo vital. La sentencia de segunda instancia confirmó, revocó y adicionó la decisión anterior. La Corte Constitucional revisó el caso y acogió la acción de tutela, reconociendo la vulneración de derechos de la trabajadora embarazada.

Normas citadas

  • Artículo 86 de la Constitución Política de Colombia
  • Artículo 241 numeral 9º de la Constitución Política de Colombia
  • Artículo 33 del Decreto Ley 2591 de 1991
  • Artículo 31 del Decreto 2591 de 1991
  • Artículo 34 del Decreto 2591 de 1991
  • Artículo 38.25 de la Ley 1952 de 2019
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