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La reforma aumenta el umbral de militantes exigido en cada región y fija un plazo de 18…

Resumen del criterio jurisprudencial

La reforma aumenta el umbral de militantes exigido en cada región y fija un plazo de 18 meses para que las colectividades reúnan al menos la mitad del nuevo mínimo.

La reforma eleva de 0,25% a 0,3% del padrón regional el mínimo de militantes para constituir un partido.Las colectividades dispondrán de 18 meses para reunir al menos la mitad del nuevo umbral.El Partido Radical, la Federación Regionalista Verde Social, Evópoli y el Partido Liberal no alcanzarían la mitad del mínimo en varias regiones.La norma también limita los partidos regionales y las candidaturas independientes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.