Resumen del criterio jurisprudencial
El ente contralor tomó razón de la resolución que incrementa el monto del convenio suscrito con una unión de proveedores de salud, precisando que los pagos sólo podrán realizarse por prestaciones efectivamente otorgadas y sin exceder el monto máximo aprobado. Además, instó a FONASA a perfeccionar sus informes técnicos para evitar incrementos significativos en futuras contrataciones y recordó el deber de cumplir con los principios de igualdad y estricta sujeción a las bases