Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno sobre servicios de asistencia en peligro. Establece que si el asistente actúa con negligencia y no logra evitar o disminuir el daño ambiental, puede ser privado total o parcialmente de la compensación y reembolso correspondientes. Regula la pérdida de beneficios por negligencia en la protección del medio ambiente.