Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de Clasificación del Servicio Nacional de Aduanas de Chile que determina la clasificación arancelaria de cortes de pescado congelado (Obushi, Harami y Sushi con y sin grasa) elaborados a partir de salmón y trucha. Resuelve que los productos sin espinas corresponden a filetes de la partida 03.04, mientras que el Harami, al conservar espinas y estribo, se clasifica como pescado trozado de la partida 03.03, descartando su consideración como pescado salado.