Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo contra de la Corporación Municipal de Deportes de San Joaquín, ordenándose la entrega del finiquito consultado. Lo anterior, por cuanto la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación elevada a rango constitucional de transparentar las actuaciones de los funcionarios -y exfuncionarios- de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía. Aplica criterio asentado en los Amparos Roles C203-10, C814-10, C744-19, C6444-21, C506- 22, C3694-23, C3761-23, C605-25 y C1397-25, sobre la materia. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.