Familia

Artículo transitorio de la Ley 19.968 sobre tribunales de familia.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo transitorio de la Ley 19.968 sobre tribunales de familia. Regula la supresión de los juzgados de menores, estableciendo plazos para su eliminación, la posibilidad de postergación por parte de las Cortes de Apelaciones según la carga de causas pendientes, y la mantención excepcional de ciertos tribunales. Dispone el traspaso de asuntos no resueltos a los juzgados de familia y la incorporación del personal a los nuevos tribunales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.