Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Loncoche, ordenando la entrega de copia de la auditoría interna realizada al DAEM de Loncoche, debiendo el órgano tarjar, previamente, los datos personales de contexto que pudieran estar contenidos en la documentación que se entregue, tales como el número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, entre otros. En el caso de que no existiera o no se hubiere efectuado ninguna auditoría interna, el órgano deberá señalarlo expresa y fundadamente. Lo anterior, por tratarse de información pública que debe obrar en poder del órgano conforme a sus funciones y obligaciones legales, por haberse otorgado respuesta incompleta a la solicitud, y por no haber alegado causales de reserva que ponderar.