Seguridad social

Se impone a la Isapre ISALUD una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento) por i…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se impone a la Isapre ISALUD una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento) por incumplimiento de la Garantía Explicita de Oportunidad, con infracción a lo previsto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 22, de 2019, de los Ministerios de Salud y Hacienda, en relación con los artículos 4° letra c) y 24 de la Ley N° 19.966, y los artículos 1° letra c) numeral iii y 11 del citado Decreto Supremo N° 22.

Sanciones a isapres

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.