Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula el derecho de retracto en contratos de seguro celebrados a distancia. Establece que el contratante o asegurado puede desistir del contrato dentro de diez días desde la recepción de la póliza, sin expresión de causa ni cargo alguno, con derecho a la devolución de la prima pagada, salvo que haya ocurrido un siniestro o que el contrato haya terminado antes de ese plazo.