Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 40 de la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos. Establece las causales que ponen término al procedimiento administrativo: resolución final, desistimiento, declaración de abandono y renuncia al derecho, además de la imposibilidad material de continuarlo. Dispone que la resolución que declare la terminación deberá ser fundada.