Resumen
respecto de la aplicación de este tipo de disposiciones, en cuanto a que la formulación de observaciones al ITP, como requisito previo para la presentación de discrepancias contra el ITF, importa una fase 1 DFL N°323, del 30 mayo de 1931. administrativa adicional que tiene como finalidad permitir a la CNE considerar esas observaciones en la elaboración de dicho informe final. Como también se ha señalado, el establecimiento de una fase previa a la presentación de discrepancias da cuenta de la intención del legislador de propiciar que las controversias entre las partes -en este caso, la CNE y las empresas-, tengan ocasión de resolverse directamente por ellas mismas, sin la intervención del Panel. Lo anterior, ya sea porque la CNE considere o incorpore las observaciones planteadas por las empresas, o bien porque estas no persistan en sus objeciones, debido a las respuestas fundadas de la CNE. De ahí que la LGSE disponga que se entenderá que existe “discrepancia susceptible de ser sometida al Panel” si en esta se persevera en las observaciones previamente formuladas por la parte discrepante al ITP. En el presente caso, el Panel constata que Eletrans no planteó observaciones al ITP (solicitudes (i) y (ii)), ni tampoco solicitó mantener el contenido en el ITP (solicitud (iii)) por lo cual declarará inadmisibles sus solicitudes. Lo anterior, sin perjuicio del allanamiento de la CNE a la solicitud (iii), en cuanto a modificar el plazo de ejecución de la obra de 48 a 60 meses.