Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación presentada por el administrador electoral de Mario Araya Rojas, candidato a Alcalde por la comuna de Diego de Almagro, contra la resolución N°G2247 del Director del Servicio Electoral. Dicha resolución había aprobado con observaciones la cuenta de ingresos y gastos de la candidatura y ordenado la devolución de $644.203 al Partido Renovación Nacional por un exceso de aporte. El reclamante solicitó que se aceptara ese gasto y se dejara sin efecto la orden de devolución, argumentando que el candidato fue quien aportó sus propios recursos para gastos de brigadistas, respaldado con comprobantes de transferencia bancaria. El tribunal consideró que, conforme al artículo 47 de la Ley N°19.884, los gastos electorales deben rendirse detalladamente, y que para solicitar reembolso el artículo 17 exige acreditarlos mediante boleta o factura, lo cual no se cumplió. Además, respecto a la devolución al partido, el artículo 19 ordena que los aportes se canalicen a través del sistema oficial, lo que no ocurrió con los $710.707 aportados por el candidato. En consecuencia, se desestimaron íntegramente las alegaciones y se confirmó la resolución recurrida.