Resumen del criterio jurisprudencial
Sandra Paola Tabilo Contreras interpuso una acción constitucional de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez por la Resolución N° R-01-UNAAD-01624-2026, que confirmó el rechazo de su licencia médica de 60 días por estenosis de arteria carótida, considerada patología crónica. La recurrente alegó que el rechazo vulneró sus derechos, afectándola económica y emocionalmente, y que la extemporaneidad alegada no concurre porque la SUSESO supeditó su reposición a un dictamen de invalidez ejecutoriado obtenido en noviembre de 2025. La SUSESO argumentó extemporaneidad e improcedencia de la acción, señalando que la materia corresponde al derecho de seguridad social no amparado por la acción de protección. En subsidio, indicó que el dictamen se basó en un informe médico que concluyó que la patología era crónica y recomendó rechazar la licencia y solicitar pensión de invalidez. La Corte rechazó las excepciones y acogió el recurso, ordenando dejar sin efecto la resolución y someter a la actora a un peritaje neurológico para evaluar la pertinencia del reposo.