Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento del SEIA que establece, en su artículo 2 transitorio, qué planes se considerarán evaluados estratégicamente: aquellos calificados mediante el SEIA antes de la entrada en vigencia de la Ley N°20.417 y los planes vigentes antes de la dictación de la Ley N°19.300. Esta disposición regula la transición hacia la evaluación ambiental estratégica prevista en la ley.