Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago conoció un recurso de hecho interpuesto por Inversiones y Tarjetas S.A., parte demandada en un juicio ordinario seguido ante el 15° Juzgado Civil de Santiago. El recurso se dirigió contra la resolución de 8 de septiembre de 2026 que concedió en el solo efecto devolutivo la apelación subsidiaria deducida contra la resolución de 20 de agosto de 2026, que rechazó de plano un incidente de nulidad y tuvo por contestada la demanda en rebeldía. El recurrente solicitó que la apelación se concediera en ambos efectos, argumentando que la resolución impugnada tenía carácter estructural y generaba un perjuicio de difícil reparación. La Corte determinó que se trataba de un falso recurso de hecho, ya que la apelación fue concedida, pero en un efecto distinto al solicitado. Analizando la naturaleza de la resolución apelada como sentencia interlocutoria, la Corte aplicó el artículo 194 N°2 del Código de Procedimiento Civil, que establece que este tipo de resoluciones se conceden solo en el efecto devolutivo, salvo excepciones legales no presentes en el caso. En consecuencia, rechazó el recurso de hecho, confirmando la decisión del tribunal inferior.