Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, teniéndose por entregado, de manera extemporánea con la notificación de este Acuerdo, información sobre la medida y los fundamentos que permiten que las ofertas técnicas no sean visibles en la página de Mercado Público, respecto de la licitación que señala. Lo anterior, por estimarse que los antecedentes remitidos por el organismo con motivo de sus descargos, permiten satisfacer el requerimiento en los términos planteados. En virtud de los Principios de Máxima Divulgación y Facilitación, consagrados en el artículo 11°, literales d) y f), respectivamente, de la Ley de Transparencia se remite al solicitante copia de los descargos presentados por el organismo en esta sede.