Administrativo

Artículo del Código de Aguas que regula la organización de usuarios que comparten derec…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Aguas que regula la organización de usuarios que comparten derechos de aprovechamiento en un mismo canal, embalse o acuífero. Establece que pueden reglamentar la comunidad, constituirse en asociación de canalistas o cualquier tipo de sociedad para captar, repartir y administrar las aguas, y en cauces naturales como junta de vigilancia.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.