Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente Carla Caicedo López interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la tramitación de su solicitud de estatus migratorio. Alegó que la demora en resolver su petición configuraba una vulneración de la garantía de plazo razonable y posibles actos arbitrarios o discriminatorios. La Corte Suprema confirmó la sentencia de alzada, lo que implicó el acogimiento del recurso de protección a favor de la recurrente. El ministro Gonzalo Ruz emitió un voto en contra, proponiendo revocar la sentencia y rechazar la acción. En su disidencia, sostuvo que no existían indicios de discriminación, capricho o desviación de poder por parte de la recurrida. Además, argumentó que la acción constitucional no puede acelerar procedimientos administrativos en curso ni sustituir sus trámites sin un acto terminal ilegal. Finalmente, destacó que la recurrente mantiene situación migratoria regular, por lo que no se amenazan derechos constitucionales del artículo 20.