Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula el seguro marítimo de mercancías, estableciendo que, cuando la cosa asegurada transita por la custodia o propiedad de varias personas durante los riesgos, el seguro se entiende celebrado por cuenta de quien corresponda, salvo pacto en contrario en la póliza.