Resumen del criterio jurisprudencial
La Décima Tercera Sala de la Corte revocó la sentencia que había condenado a WOM S.A. al pago de una multa de 10 UTM y $500.000 por daño moral, tras establecer que la portabilidad del número telefónico denunciada fue solicitada por un tercero, sin que la empresa pudiera evitar la acción fraudulenta, y que cumplió con los procedimientos de verificación de identidad exigidos por la normativa.