Resumen del criterio jurisprudencial
La Dirección General de Aguas interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había acogido la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas presentada por Agrícola San Vicente Limitada. El recurso se basó en la supuesta falta de cumplimiento del artículo 2° transitorio del Código de Aguas, que exige cinco años de uso ininterrumpido anterior al 29 de octubre de 1981. La Corte Suprema, integrada por los Ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Carlos Aránguiz, y los Abogados Integrantes Jean Pierre Matus y Arturo Prado, constató que la empresa no acreditó la antigüedad requerida. Asimismo, se recordó la aplicación del artículo 7° del Decreto Ley N° 2.603, que permite la regularización aun sin uso personal del derecho. Por tanto, la Corte declaró nula la sentencia de octubre de 2015 y acogió el recurso de casación, rechazando la regularización solicitada. Finalmente, se ordenó la inscripción del fallo y se notificó la resolución en la Secretaría del Tribunal.