Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público interpuso recurso de apelación contra la resolución de 26 de agosto de 2026, dictada por la jueza Verónica Del Campo Díaz, que declaró la ilegalidad de la detención de Lukas Pelayo Parada Barceló y Fabián Alejandro Silva Queulo. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt analizó el parte policial y constató la ausencia de los requisitos exigidos por los artículos 85 y 130 del Código Procesal Penal para efectuar la detención. Se señaló que la identificación de los imputados por personal policial no permite la consulta a los carabineros sin vulnerar el derecho a guardar silencio, derecho que no quedó registrado. Además, el indicio de intercambio de “bolsa negra por dinero” no fue considerado suficiente para justificar la medida cautelar. En virtud de lo anterior, la Corte confirmó la resolución apelada, manteniendo la declaración de ilegalidad de la detención. No se presentó voto disidente.