Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio que regula la responsabilidad del capitán en la navegación marítima. Establece que el capitán es responsable directo de la navegación, seguridad, maniobras y gobierno de la nave, aun cuando recurra a servicios de practicaje y pilotaje. Dispone que la autoridad del capitán no se subordina a la del práctico o piloto, sin perjuicio de la responsabilidad de estos últimos.