Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 94 de la Ley 18.834 (Estatuto Administrativo) que regula el devengo y pago de remuneraciones de funcionarios públicos. Establece que las remuneraciones se devengan desde la asunción del cargo y se pagan mensualmente, con posibilidad de fechas distintas por organismo. Incluye reglas especiales para funcionarios que deban trasladarse de residencia.