Civil

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que dispone que, si un juez que ya ha presta…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que dispone que, si un juez que ya ha prestado juramento es nombrado para un cargo similar, no está obligado a prestar juramento nuevamente. Regula la instalación de jueces en el sistema judicial chileno.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.