Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.216 que regula el uso de la información obtenida mediante monitoreo telemático en penas sustitutivas. Establece que dicha información solo puede usarse para controlar el cumplimiento de la pena, salvo autorización judicial para fines investigativos del Ministerio Público, y dispone su destrucción dos años después de cumplida la condena, sancionando penalmente su revelación indebida.