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El Tribunal Constitucional descartó que la medida prevista para casos de notable abando…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Constitucional descartó que la medida prevista para casos de notable abandono de deberes o grave infracción a la probidad sea una sanción administrativa, y la calificó como una cautela temporal.

El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad contra la suspensión automática de alcaldes tras una sentencia de primera instancia.La medida fue calificada como cautelar y provisional, no como una sanción administrativa.La suspensión procede en procesos de remoción por notable abandono de deberes o grave contravención a la probidad.El fallo precisó que la sentencia del tribunal electoral puede ser impugnada ante el Tribunal Calificador de Elecciones.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.