Resumen del criterio jurisprudencial
El demandante Henríquez interpuso una demanda laboral contra Grafton Support Services Chile S.A. por una cuantía inferior a 15 ingresos mínimos mensuales. El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago no dio curso a la demanda, argumentando que debía tramitarse bajo el procedimiento monitorio. El demandante apeló, sosteniendo que podía optar por el procedimiento de aplicación general. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución, señalando que el artículo 496 del Código del Trabajo establece imperativamente el procedimiento monitorio para cuantías iguales o inferiores a 15 IMM, y que la reforma de la Ley 20.287 eliminó el carácter opcional. Además, rechazó el argumento de afectación al acceso a la justicia, indicando que la ley franqueó un procedimiento específico y que las normas de procedimiento son de orden público. La excepción del artículo 498 inciso segundo solo opera si se ha formulado reclamo administrativo previo, lo que no ocurrió. En consecuencia, se confirmó la decisión de no dar curso a la demanda.