Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por Sandra Jeannette Aravena Lepillán en contra de Leandro Antonio Burgos Navarrete, quien había bloqueado con árboles, escombros y portones el acceso vehicular a su propiedad mediante una servidumbre de tránsito legalmente constituida. El tribunal ordenó al recurrido remover inmediatamente los obstáculos físicos y entregar las llaves del portón instalado en el camino rural. Se reconoció la vulneración de los derechos fundamentales de igualdad ante la ley y de propiedad garantizados por la Constitución Política. Se otorgó un plazo de un año para regularizar la servidumbre de tránsito y se reservó el derecho del recurrido para iniciar acciones legales respecto del uso del camino.